Este 8 de marzo, Revista Vacío conmemora el Día Internacional de la Mujer con una guía comprensiva para aquellas personas que tienen una historia de violencia sexual y deciden usarla para presentar una denuncia ante la Fiscalía respectiva del Poder Judicial.

En los últimos cinco años se han presentado denuncias enormes contra figuras poderosas que utilizaron su carisma, popularidad, dinero y autoridad para violentar a otros con su impunidad.

El movimiento #MeToo, iniciado por la activista estadounidense Tarana Burke en el 2006, se convirtió en una ola de testimonios que describen cómo las mujeres y los menores de edad han sido históricamente vulnerados por delitos que perjudican su integridad física y sexual.

En países hispanos, el #MeToo se ha convertido en etiquetas de discusión social como #YoTambién, #YoTeCreo y #Miracomomepones (tomado del testimonio de una actriz argentina que acusó a un colega actor de violarla mientras ella aún era una menor de edad; la frase la pronunció él durante el acto).

Al contagio que ocurre entre un testimonio y otro se le califica como un “efecto dominó”: una persona que comparte su historia empuja a las demás para que hablen de las suyas.

En Costa Rica, también vivimos el dominó.

Hace poco más de un mes, el Semanario Universidad publicó la primera acusación penal presentada en contra del expresidente Óscar Arias por presuntos delitos de índole sexual. Esta primera denuncia fue seguida por una segunda y, además, acompañada de un torrente de testimonios que se publicaron en medios de comunicación, nacionales e internacionales.

El pasado jueves 7 de marzo, tanto la Fiscalía del Segundo Circuito del Poder Judicial como la Fiscalía Adjunta de Género (del Primer Circuito) efectuaron el primer allanamiento en la Conferencia Episcopal y la Curia Metropolitana, para investigar a dos sacerdotes denunciados por presuntos delitos sexuales contra personas menores de edad: Mauricio Víquez, quien se encuentra fuera del país desde enero; y Manuel Guevara, quien recibió medidas cautelares no privativas de libertad.

Gracias a todo esto y por ser el Día Internacional de la Mujer, Revista Vacío ofrece una guía para quienes encuentren en su historia y testimonio una herramienta de denuncia penal.

Como parte de la oferta de información de la Sección de Género publicada por Revista Vacío, también pueden escuchar en Spotify la última emisión de nuestro programa radial en Costa Rica Radio 101.5FM: ¿Cuál es el plan? que precisamente se enfoca en las implicaciones sociales y políticas de los testimonios parte del movimiento #MeToo.  

 

¿Qué son los delitos sexuales?

Son los delitos que se agrupan en conductas que afectan la libertad sexual, la dignidad y el saludable desarrollo de la sexualidad de las personas.

El Código Penal tipifica como delitos sexuales: la violación; relaciones sexuales con personas menores de edad; pagar por actos sexuales con menores; abusos sexuales contra personas menores de edad o que sean vulnerables por ser incapaces de decidir; abusos sexuales contra personas mayores de edad; turismo sexual.

 

¿Fui víctima de violencia sexual?

En algunos casos, las víctimas reprimen de forma consciente o inconsciente los recuerdos de una violación o de una historia de abuso sexual.

El #MeToo crea un efecto dominó en el que los testimonios de otras personas permiten que los sobrevivientes identifiquen situaciones o elementos familiares en sus propias historias. Estos recuerdos y emociones merecen el espacio para ser explorados con seguridad y apoyo de seres queridos y, también, la ayuda de profesionales de distintas disciplinas.

Las víctimas son personas que han sufrido daños: lesiones físicas, perjuicios mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera (por ejemplo, una persona que dejó su trabajo para alejarse de su agresor) o algún otra afectación a sus derechos fundamentales.

¿Qué pasa si busco ayuda inmediatamente después de un ataque?

Según el Protocolo de atención a víctimas mayores y menores de edad de delitos sexuales y explotación sexual comercial del Ministerio Público, si una víctima está lesionada físicamente o tiene una crisis emocional antes de presentar una denuncia, es obligación del Estado coordinar su atención médica o psicológica. Una víctima está en derecho de exigir que se cumpla con esta atención.

Como parte de su tratamiento inmediato, el personal que atienda su caso puede pedir que la víctima no se cambie de ropa o se abstenga de ir al baño, consumir alimentos o bebidas e incluso cepillarse los dientes o lavarse las manos. Esto busca preservar la mayor cantidad de evidencia física para la investigación (como el caso de fluidos del cuerpo del agresor); no obstante esta situación debe ser explicada con claridad por los profesionales a cargo.

Después de una violación, una víctima tiene 72 horas para recibir antirretrovirales contra una posible infección del Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH). La aplicación debe ser realizada de manera informada. A diciembre del 2018, la Caja Costarricense del Seguro Social tenía siete clínicas capacitadas para estos casos, ubicadas en los hospitales: Rafael Ángel Calderón Guardia, México, San Juan de Dios, Nacional de Niños (San José); San Rafael de Alajuela; Monseñor Sanabria (Puntarenas) y Max Peralta (Cartago).

 

¿Qué características tiene un abuso sexual?

El abuso sexual comprende actos sexuales en los que no medie penetración alguna (eso calificaría como violación). Los “tocamientos” en el espacio privado están tipificados dentro de los abusos sexuales.

El Código Penal hace una diferenciación entre el abuso sexual contra menores de edad y contra mayores de edad.

En el primer caso, declara penas de prisión de 4 a 10 años y señala como elementos típicos a los casos en los que la víctima sea menor de 15 años; en los que el agresor puede perfectamente tener una relación familiar con la víctima (por consanguinidad o por convivencia); o incluso una “relación de confianza o autoridad”, entre otros.

En el caso de las personas mayores de 18 años, los abusos sexuales pueden recibir penas de prisión entre los 3 y 6 años. En este delito, las víctimas pueden sufrir condiciones de vulnerabilidad similares a las descritas con los menores de edad.

En ambos casos también se considera abuso sexual si las víctimas se encuentran incapacitadas para manifestar su desacuerdo y resistir, ya sea por impedimentos físicos, violentos o porque existe una relación de poder.  

 

¿Qué características tiene una violación?

Según el artículo 156 del Código Penal, la principal característica de este delito es la penetración (oral, vaginal o anal). La víctima puede ser penetrada por miembros del cuerpo, cosas o animales. Pero, también será violación cuando el o la agresora fuerce o ejerza coerción para que su víctima le penetre con miembros del cuerpo, cosas o animales.

La pena de prisión puede ser determinada entre 10 y 16 años.

El artículo 157 también describe una violación “calificada” en la que existen ocho elementos que, de existir, pueden aumentar la pena de prisión hasta a los 18 años.

Estos elementos incluyen, entre otros, que: se produzca un embarazo; que la persona agresora esté casada con la víctima o tenga con ella una relación de convivencia; que la persona agresora sea familiar de la víctima, hasta tercer grado de filiación (por sangre o política); que la persona agresora tenga a su cargo la custodia, cuido o tutela de la educación de la víctima; que la persona agresora ejerza el delito valiéndose de una relación de poder comprobable con su víctima (ejemplos: era su sacerdote, pastor o líder religioso; era miembro de la Fuerza Pública).

 

¿Hasta cuándo puedo denunciar estos delitos?

Según el Código Procesal Penal, las víctimas de delitos sexuales pueden interponer sus denuncias hasta 10 años después de que haya ocurrido el hecho.

En el caso de los menores de edad, se cuentan estos 10 años de prescripción a partir de que la víctima cumple su mayoría de edad (es decir, tienen oportunidad hasta los 28 años para presentar las denuncias).

 

¿Qué otros derechos tiene una víctima?

Entre otros, las víctimas tienen derecho a la libertad de expresión y opinión; es decir: a hablar y ser escuchadas. Tienen derechos relacionados a la justicia, el trato justo, el resarcimiento, la indemnización, y la asistencia.

Tienen derecho al acceso a información oportuna y gratuita; que puedan comprender en su idioma y en un lenguaje accesible porque van a usar esa información para tomar decisiones. Las personas que necesiten asistencia de un traductor en LESCO o accesibilidad especial durante su proceso, deben recibirla.

Las víctimas deben ser protegidas durante su proceso y, por eso, se debe asegurar su bienestar físico, psicológico; el debido respeto a su dignidad y vida privada. Las víctimas tienen derecho a la privacidad y confidencialidad; no tienen que hablar con nadie que no quieran hablar.

 

¿En dónde presento mi denuncia?

Las denuncias deben ser presentadas en la Fiscalía del Ministerio Público que corresponda, según el lugar en donde ocurrió el delito.

Actualmente, solo el Primer Circuito Judicial (en San José) cuenta con una Fiscalía Adjunta de Asuntos de Género; está ubicada en el segundo piso edificio de los Tribunales De Justicia. El resto de fiscalías deben contar con un fiscal o fiscala que tenga una especialización en materia de género o delitos sexuales.

Para denunciar, la víctima debe presentar su cédula y aportar su testimonio de lo que ocurrió en el evento, lo más preciso posible. La persona encargada de transcribir su testimonio ofrecerá preguntas clarificadoras; sin embargo, esta experiencia puede ser considerada revictimizante por alguien que haya sufrido un evento traumático. Debe exigirse un trato respetuoso de parte de las autoridades a cargo.

La Fuerza Pública puede presentar a Fiscalía un parte policial de los hechos, de haberse levantado uno. Las instituciones involucradas en distintos procesos (como el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) o el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS)), también pueden realizar una referencia institucional a la Fiscalía correspondiente.

¿Debo buscar ayuda legal?

No es necesario que la víctima se apersone junto con un abogado para presentar su denuncia. Sin embargo, el acompañamiento de un abogado penalista es recomendable, sobre todo en siguientes etapas (Ver más abajo en números de teléfono de confianza).

El proceso legal tiene tres etapas: la primera es preparatoria, en la que se recolecta y analiza la prueba. La segunda es la intermedia, cuando la Fiscalía decide si el Ministerio Público puede acoger la denuncia y acusar; o, también solicitar una desestimación (el hecho denunciado no es delito; no existen pruebas suficientes para acusar o no se pueda proceder) o un sobreseimiento (el caso no puede reabrirse con una apelación). En la tercera etapa, un Juzgado Penal acoge la apertura de un juicio.

Durante el proceso, la víctima puede solicitar medidas cautelares para que la parte acusada se mantenga sujeta al proceso penal. Hay medidas que son privativas de libertad (prisión preventiva y arresto domiciliar) y otras no lo son (presentarse a firmar cada cierto tiempo, impedimento de salida del país, monitoreo electrónico con tobilleras, entre otras).

 

¿Cómo buscar ayuda psicológica gratuita en instituciones públicas?

La Oficina de Atención y Protección a la Víctima del Ministerio Público ofrece contención emocional, sesiones de psicoterapia breves, en las cuales valoran y remiten a las víctimas a otros centros para una atención de mediano y largo plazo. Para acceder a este servicio gratuito, la víctima debe haber presentado una denuncia penal de antemano.

Sin obligatoriedad de la denuncia, la Delegación de la Mujer del Instituto Nacional de la Mujer (INAMU) brinda atención legal, social y psicológica sobre violencia contra las mujeres (violencia sexual, violencia de pareja, violencia intrafamiliar y hostigamiento sexual en trabajo y docencia).  También, el Centro de Información y Orientación del Inamu brinda atención especializada en temas relacionados con el acoso callejero.

El INAMU también ofrece un servicio de albergues en casos de extrema vulnerabilidad socioeconómica (estos servicios suelen estar saturados).

Los servicios de salud mental que ofrece la CCSS son gratuitos; sin embargo, casos más específicos pueden ser referidos al INAMU. El Ministerio de Justicia y Paz también se apoya en el INAMU para dar acompañamiento a mujeres en régimen semiinstitucional con historias de violencia sexual. Lo mismo ocurre con el PANI que atiende casos de violencia contra menores de edad.

El IMAS también se encarga de realizar remisiones de casos, según dictámenes efectuados en entrevistas.

Algunos gobiernos locales también cuentan con oficinas de igualdad y equidad de género en las que atienden consultas psicológicas.

El Centro Feminista de Información y Acción (CEFEMINA)  tiene un grupo gratuito que se reúne todo los miércoles.

La Clínica Bíblica tiene un programa de acción social que recibe pacientes de psicología.

 

¿Qué números de teléfono debo mantener en mi celular?

El 911: es una central que trabaja 24 horas al día. Los operadores están capacitados para recibir una denuncia telefónica y realizar el reporte a la Fuerza Pública.

La Delegación de la Mujer del INAMU: 2255-1368 o 2233-7895

La Oficina de Atención y Protección a la Víctima (sede central, pueden pedir referencias a otras oficinas): 2253-2935.

 

¿Qué fuentes se usaron para responder estas preguntas?

Este artículo fue escrito con información proporcionada por la Delegación de la Mujer del INAMU; la licenciada María Lisa Pereira, directora de la sede de Los Yoses de las Defensorías Sociales del Colegio de Abogados y Abogados, el INAMU y el Poder Judicial; la oficina de prensa del Colegio de Abogados y Abogadas; y la Oficina de Prensa del Ministerio Público.

Asimismo, se consultó el Código Penal; el Protocolo de atención a víctimas mayores y menores de edad de delitos sexuales y explotación sexual comercial cometidos por personas mayores de edad y el manual Términos prácticos para comprender el proceso penal de Costa Rica en lenguaje no jurídico (ambos documentos fueron redactados por el Ministerio Público). De la Organización de las Naciones Unidas, se utilizó el texto de la Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder.


Gifs tomados de 25 N, video de Mona Zúñiga que fue estrenado en Martes de Micro.

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